El Contrato de Trabajo



Es un acuerdo de voluntades, por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona jurídica o natural bajo la dependencia o subordinación de la segunda a cambio de remuneración.

Elementos esenciales del contrato

1. Prestación personal del servicio: realización de una labor por parte de una persona natural a una jurídica. 

2. Coordinación o dependencia: el empleador imparte ordenes e instrucciones, impone condiciones o reglamentos sin afectar la dignidad y los derechos mínimos del trabajador hasta que dure el contrato de trabajo.
  
3. Remuneración o salario: retribución por el servicio prestado.


Modalidades de contrato: Los contratos de trabajo pueden ser de varias clases según su forma y termino de duración. 



IUS VARIANDI: Es la facultad que tiene el empleador de modificar ciertas condiciones laborales del trabajador, sin que se vulnere sus derechos ni desmejore su condición laboral. 

Periodo de Prueba: Es la 5°ta parte de la duración del contrato de trabajo que tiene por objetivo apreciar las aptitudes del trabajador y las convivencias de las condiciones de trabajo. Debe constar por escrito, se elabora un documento donde se pacte la iniciación de labores y el termino acordado de periodo de prueba, NO puede superar los dos meses. 


Despidos que requieren autorización legal

1. Trabajadora en estado de embarazo


2. Trabajador amparado por el fuero sindical:


3. Incumplimiento de instrucciones sobre salud ocupacional:


4. Despidos colectivos: 


5. Trabajador con limitaciones:



Forma de terminación del contrato: Debe hacerse siempre por escrito para probar las razones que mediaron para tomar la determinación.